Lo ancho para Estados Unidos, lo angosto para los dueños de la biodiversidad
Apartir del lunes 14 de noviembre, en Washington, se decidirá la suerte del patrimonio natural y cultural de la región andina. Y nosotros qué estamos haciendo? Sabemos que implicaciones tiene para los pueblos andinos, que las negociaciones del TLC Andinos Estados Unidos se cierren la próxima semana?
La supervivencia de los grupos étnicos de la región andina esta en riesgo con una negociación que permita patentar plantas, animales, recursos genéticos y conocimientos tradicionales, más allá de lo pactado en la OMC, como lo supone el TLC que se firmaría entre los Andinos (Colombia, Ecuador, Perú) y Estados Unidos. Además, se pone en juego el patrimonio cultural intangible de los grupos étnicos, que actualmente protege la UNESCO, el Convenio sobre Diversidad Biológica y la Organización Internacional del Trabajo.
Los conocimientos y prácticas sobre la naturaleza y el universo de los afroandinos, raizales, rom y de 86 pueblos indígenas podrían patentarse porque Estados Unidos no considera dentro del estado de la técnica todo lo que no haya sido accesible al público por una descripción oral. Para ellos, sólo la descripción documentada es válida. Por lo tanto, para Estados Unidos, son nuevas y patentables las invenciones y descubrimientos conocidos de manera oral, tales como los conocimientos y prácticas de la naturaleza desconocidas en su territorio.
Estados Unidos no ha firmado el Convenio sobre Diversidad Biológica de las Naciones Unidas, pero 186 Estados -incluidos Colombia, Ecuador y Perú- sí lo han hecho. En consecuencia, bajo la legislación estadounidense, la biodiversidad es patrimonio de la humanidad y los bienes son de libre acceso. Allá, no sólo inventos, sino también descubrimientos son patentables. De ahí que Estados Unidos esté pidiendo patentar plantas y animales, pues ellos están descubriendo la riqueza que hay en la biodiversidad que esta concentrada en la región andina, y tienen derecho a patentarla y aprovecharla económicamente sin reconocer lo que indígenas, raizales, afroandinos y rom saben.
Lo que se está dejando de lado, pero que es muy importante es que la nación colombiana es pluralista y multiétnica. Los pueblos indígenas deben ser consultados, conforme al Convenio 169 de la OIT. Hasta ahora no lo han sido, luego es inconstitucional que las comunidades étnicas colombianas no hayan sido consultadas, antes de la presentación de la propuesta de biodiversidad, en la tercera ronda del TLC. En Colombia para cualquier negociación sobre biodiversidad se requiere de un tratamiento especial respecto a los grupos étnicos.
Algo que es preciso tener presente es que por mandato del párrafo 19 de la Declaración Ministerial de Doha, el Consejo de los Aspectos de Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, (ADPIC) está examinando la relación entre el Acuerdo sobre los ADPIC y el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB), la protección de los conocimientos tradicionales y el folclore. Aún así, Estados Unidos quiere imponer a sus socios comerciales un sistema que va más allá de lo establecido en la OMC, en los Acuerdos sobre los ADPIC, y que significa un mayor estándar de protección, llamados popularmente sistema ADPIC plus o amunetado que no tiene en cuenta el CDB.
Estados Unidos, con su gran capacidad en biotecnología y bioprospección, puede patentar los recursos genéticos de los países ricos en biodiversidad con la sola actividad de "aislar" dichos genes de su medio natural, por tratarse de un ejercicio científico que según su normatividad cumple con los requisitos de patentabilidad al ser "no evidente"y "útil". Lo curioso es que, luego lo será y los dividendos se quedarán en Estados Unidos. Ahora que no son útiles, le pertenecen a la humanidad.
La realidad es que un tratado de libre comercio que sólo acoja los intereses de Estados Unidos legitimará la biopiratería en la región andina, y será legítimo solicitar una patente o patentar una invención en la que se han utilizado recursos biológicos, recursos genéticos o conocimientos tradicionales, sin la obtención del consentimiento fundamentado previo del país Miembro o de las comunidades indígenas o locales, según sea el caso. Ello implica, desconocer las reglas del CDB en términos de la equidad en la distribución de los beneficios. Como quien dice, lo ancho para Estados Unidos, lo angosto para los dueños de la biodiversidad.
No podemos quedarnos callados y permitir que de nuevo los más fuertes se apoderen del patrimonio colectivo de nuestros pueblos, esta vez no con espejos y caballos, sino con derechos de propiedad intelectual y tratados de libre comercio.
Martha Isabel Gómez Lee
Docente-investigadora
Universidad Externado de Colombia